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Protocolo SUP – Covid 19 – Union Escuela de Sup.

Considerando que mediante Decreto N° 260/20 el Poder Ejecutivo Nacional, dispuso extender por el plazo de un año, la situación de emergencia pública en materia sanitaria, dispuesta por medio de la Ley 27.541, en virtud de la Pandemia COVID-19, declarada por la O.M.S.
Teniendo presente que en virtud de tales preceptos normativos, se encuentra paralizada de manera genérica la práctica de todas las disciplinas deportivas fuera del domicilio.
Resultando, que desde el dictado de la primer disposición que ordenara al aislamiento social obligatorio, mediante sucesivas prórrogas, ha transcurrido un plazo suficiente para el desarrollo de la infraestructura sanitaria de emergencia, y mayor concientización social, quedando de manifiesto la existencia de circunstancias críticas, que justifican atender otras necesidades individuales y sociales de la comunidad.

Habiendo evaluado la autoridad nacional, que las condiciones presentes aconsejan apresurar una mejora en las condiciones de salud psicofísica de la población, delegando en las autoridades provinciales y locales el diseño de estrategias particulares y la implementación de un programa de reactivación progresiva, de aquellas actividades que no signifiquen poner en riesgo la salud pública.

Unión de Escuela de Stand Up paddle, como entidad representativa de este deporte, pone a consideración de la autoridad local, con intermediación de la Secretaría de Deportes, la desafectación de nuestra disciplina a la restricción legal, y propone la homologación de un protocolo de seguridad, con el fin de lograr la paulatina normalización de la actividad en los espejos de agua plana de la provincia de Buenos Aires sin generar riesgos adicionales que puedan afectar a la Salud.

El Stand Up Paddle (SUP) es un deporte náutico individual, que impone una necesaria distancia (superior a los tres metros) entre los intervinientes en todas sus prácticas, no favorece el contacto interpersonal, se lleva a cabo al aire libre, sin público y no aglutina gran cantidad de personas durante su práctica, lo que permite el cumplimiento de las condiciones generales de distanciamiento que el Poder Ejecutivo Nacional ha impuesto para desenvolverse en la vía pública durante la Pandemia.

Nuestra actividad se inicia y concluye dentro de clubes que brindan sus instalaciones para la guarda del equipamiento de propiedad del asociados, brindando control y a los deportistas, pero su práctica ocurre en grandes espejos de agua, muy lejos de situaciones concretas de contagio. En caso que dichas instituciones no se encuentren habilitadas aun por la posibilidad de aglomeración de personas, podremos utilizar bajadas públicas, propuestas de manera conjunta, municipio y PNA.


Este deporte puede ser ejercitado por personas de diferentes edades y su práctica responsable ayuda, desde el ámbito de la salud, a fortalecer el sistema inmunológico, pues el ejercicio habitual de actividades deportivas en contacto con la naturaleza, ataca al sedentarismo y el stress, enemigo principal de la salud física y mental.

Sabiendo que la actividad física al aire libre, proporciona altísimos estándares de bienestar; resultando que las prácticas deportivas de rio, se presentan como aquellas de menor exposición al contagio que pudiéramos observar, es que solicitamos se ponga a consideración de las autoridades provinciales, la inmediata reactivación de estas disciplinas, poniéndonos a disposición para desarrollar un programa de acción que cumpla con las exigencias ministeriales, y al mismo tiempo, contribuir con el monitoreo y seguimiento de este proceso de superación de la emergencia sanitaria.

Existe en nuestro deporte una curva de estacionalidad marcada por las alteraciones de temperatura, siendo los meses cálidos los de mayor convocatoria, de modo que en los meses de abril a septiembre de cada año, es una mínima cantidad de deportistas, limitándose a aquellos que se denominan de entrenamiento continuo, estimando dicha comunidad para la ciudad de Campana inferior a 50 personas totales, lo cual garantiza una organización eficiente.-

Por todo lo anteriormente mencionado y teniendo en cuenta la realidad de nuestro deporte es que se ha confeccionado este protocolo respetando las normativas que se dictan a nivel Mundial (OMS), Nacional (Ministerios de Salud y Deportes) y Provincial (Ministerio de Salud y Deportes).


 

Instalaciones de guarda (spot- Club- guardería)

1- Limpieza: La mayoría de los lugares de guardado de los equipos de SUP se encuentra en un espacio compartido, de gran ventilación, por tal motivo se deberá mantener las condiciones de higiene necesarias para evitar exposición al COVID-19. Se deberán limpiar los pisos con hipoclorito de sodio 1% y se rociarán todas las superficies incluidas las puertas de entrada, picaportes, los equipos y espacios entre tabla y tabla con Alcohol 70% al comienzo del día y al finalizar la jornada. También se pondrá a disposición de los deportistas alcohol en gel para la limpieza de las manos.

2- Vestuarios: está prohibido el uso de vestuarios, solo se podrán usar en casos de fuerza mayor.

3- Lugar de descanso: quedan inhabilitados todos los lugares de descanso ya sea reposeras, sillas, deck, etc y la permanencia de dos o más personas en dicho espacio. Está prohibido tomar mate y compartir bebidas, utensilios y elementos deportivos.

En caso de acceso al río desde un sector público, estos puntos no serían de utilidad.

 


Acceso a las instalaciones de guarda

1- Los deportistas se desplazarán por sus propios medios utilizando barbijo o tapa boca y no utilizarán transporte público para llegar a la guardería, hasta que la autoridad pública lo autorice.

2- Los deportistas deben llegar al club con ropa de navegar ya colocada y su propia botella de hidratación. No se podrán utilizar los vestuarios.

3- Quince minutos antes de realizar la actividad, el deportista se tomará la fiebre .En caso de presentar fiebre el deportista se abstendrá de realizar SUP y deberá buscar atención médica correspondiente.

4- Al ingresar a las instalaciones los deportistas deberán firmar una declaración jurada en la que afirman no haber tenido los síntomas del Covid 19 en los últimos 15 días ni convivir con una persona en esa situación y que respetarán el protocolo de acceso establecido por las autoridades de dicha institución. En el caso que el deportista hubiese estado enfermo deberá requerir un certificado médico y entregarlo a las autoridades del club a los efectos de poder reiniciar la actividad.

En caso de acceso al río desde un sector público, los puntos 2 y 4 quedan sin efecto.


Distanciamiento social

Los deportistas en todo momento deberán respetar el distanciamiento social durante el retiro y guardado de los equipos. En el caso de que otra persona este retirando su equipo el deportista deberá esperar afuera del spot respetando la distancia social establecida (3 metros).
Los deportistas extremarán el principio de autonomía en la práctica del deporte por tal motivo, solo podrán navegar los Supistas que sean autónomos en la navegación. No se podrá navegar con niños en las tablas ni llevar otros acompañantes al agua, ni a la zona de ingreso.

En caso de acceso al río desde un sector público los deportistas deberán mantener el distanciamiento establecido durante toda la jornada.


Retiro de tablas del Spot

1- Solo se podrá ingresar de a una persona al spot con barbijo o tapabocas y con las manos previamente higienizadas con alcohol en gel.

2- El deportista retirará su tabla y saldrá del Spot inmediatamente. En el caso de ser una tabla inflable el equipo deberá estar listo para salir a navegar, en el caso de ser una tabla con funda, deberá retirar la funda en el espacio libre y guardarla nuevamente en el spot, siempre respetando el distanciamiento social.

3- Cada deportista guardará las pertenencias que no pueda llevar consigo al agua (calzado y abrigo) en forma individual, en una bolsa higiénica que ubicará en el mismo espacio en que se aloja su equipo.

4- Desde el ingreso al club, durante el retiro de tablas, y hasta el acceso al agua se realizara con calzado náutico evitando el contacto con la arena.-

En caso de acceso al río desde un sector público el uso del tapaboca será obligatorio hasta ingresar al agua. Lo mismo al salir.


Prácticas

1- El deportista, con su tabla y remo en mano, en tierra y hasta tanto se proceda a entrar al agua deberá utilizar el barbijo o tapa bocas.

2- No se podrá compartir el remo o cualquier tipo de material entre los Supistas.

3- Cada Supista deberá llevar su propia botella de hidratación y no se podrá compartir con otro deportista.

4- Una vez en el agua se podrá remar sin barbijo o tapa bocas respetando el distanciamiento con otro deportista.

5- Cada institución dispondrá de los días y horarios en que se habilite el ingreso a los pañoles de guardado de equipo, pudiendo en su caso establecer un lapso máximo de permanencia en el agua, o un sistema de turnos previos, a fin de hacer factible la practica equitativa para todos los asociados, sin comprometer el distanciamiento social.

En caso de acceso al río desde un sector público se validan los ítems 1, 2, 3,4.


Guardado de tablas en el Spot

1- Al culminar la sesión de navegación, el deportista deberá inmediatamente colocarse el barbijo y ya en tierra proceder a guardar su equipo.

2- El deportista entrará al spot con el barbijo o tapa bocas, en el caso de ser una tabla inflable la guardará en el lugar correspondiente y se retirará del spot inmediatamente. En el caso de ser una tabla con funda, retirará la funda y se dispondrá al secado y guardado del equipo en el espacio libre respetando las distancias con otro deportista. Una vez ubicado su equipo en el espacio asignado, se retirará inmediatamente del spot. Siempre al Spot se deberá ingresar de a una persona.

3- El deportista podrá cambiarse si tiene los elementos para el cambiado al aire libre, o de lo contrario el cambio de vestimenta deberá realizarlo en su domicilio o en su unidad de traslado.

4- Luego de culminada la operación de guardado y cambiado el deportista deberá proceder a retirarse de la guardería, siempre con calzado náutico para evitar acercamiento a las zonas de arena.-

En caso de acceso al río desde un sector público se tienen en cuenta los puntos 1 y 3.


Recomendaciones

El presente protocolo quedará sujeto a revisión y mejora con el propósito de adecuarlo a las particulares condiciones de cada institución, y será susceptible de ajustes conforme las exigencias operativas que requiera las circunstancias funcionales de la propia disciplina, así como el resultado de la evaluación sanitaria de la pandemia COVID19 en el país y en el mundo.
Es por lo expuesto que requerimos se tenga presente nuestra solicitud, se aprueben los protocolos propuestos (con las modificaciones que en su caso se nos exijan desde la autoridad de aplicación) y se exima a los deportistas de la disciplina Stand Up Paddle de la prohibición de navegación en las aguas del Rio Paraná y sus afluentes y lagunas, autorizando expresamente el traslado de los deportistas desde su domicilio hacia los puntos de navegación, exhortando a las guarderías y clubes que promueven esta actividad, a cumplir y hacer cumplir estrictamente todas las medidas contenidas en el protocolo.


Quedando a disposición para colaborar en la implementación y difusión de la resolución que al respecto asuma la autoridad local, aprovechamos para saludar con la más distinguida consideración.

 

UNION DE ESCUELAS DE Stand Up Paddle